Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) grava adquisiciones gratuitas de bienes y derechos por personas físicas. Incluye adquisiciones por herencia o legado, donaciones y determinados seguros de vida, con reglas territoriales y beneficios fiscales que pueden variar de forma relevante.

🇪🇸 España Comunidades autónomas / AEAT en determinados supuestos Impuesto directo cedido

Quién está sujeto

Con carácter general, son sujetos pasivos los herederos, legatarios, donatarios y beneficiarios de determinados seguros de vida, según el hecho imponible. La Administración competente depende de la residencia, ubicación de bienes y demás puntos de conexión previstos legalmente.

Qué grava este impuesto

Grava adquisiciones mortis causa por herencia, legado u otros títulos sucesorios; adquisiciones inter vivos gratuitas, como donaciones; y determinadas percepciones de seguros de vida cuando concurren los requisitos legales.

Exenciones y casos especiales

Existen reducciones, bonificaciones y reglas específicas que dependen del parentesco, discapacidad, tipo de bien, empresa familiar y normativa autonómica, entre otros factores.

Tipos, tramos o cuotas

No existe una carga efectiva única para toda España. La tarifa, coeficientes, reducciones y bonificaciones pueden variar notablemente según la comunidad autónoma, parentesco y patrimonio preexistente.

Cómo se calcula

Se parte del valor neto de la adquisición individual, se aplican las reducciones que correspondan, la tarifa y, en su caso, coeficientes multiplicadores y bonificaciones según la normativa competente.

Cómo y cuándo se declara

Los modelos 650 y 651 se utilizan en determinados supuestos gestionados por la AEAT para adquisiciones mortis causa e inter vivos, respectivamente. En numerosos casos la gestión corresponde a la comunidad autónoma competente.

Modelos y formularios relacionados

650, 651, 655 y modelos autonómicos equivalentes.

Guías de modelos relacionados

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el impuesto en una herencia?

Con carácter general, los herederos y legatarios por la adquisición que reciben.

¿Una donación tributa igual en toda España?

No. La normativa autonómica puede producir diferencias importantes.

¿Qué modelos utiliza la AEAT?

Entre otros, el 650 para adquisiciones mortis causa y el 651 para adquisiciones inter vivos en los supuestos de su competencia.

Fuente oficial Consultar información oficial ↗

Contenido informativo y general. La tributación puede variar según el ejercicio, territorio y circunstancias del contribuyente. Comprueba siempre la normativa y la fuente oficial aplicable a tu caso.

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