Un régimen pensado para anticiparse a problemas de liquidez
Los artículos 1 a 4 buscan que una pyme no descubra de forma súbita que pierde una parte importante de su financiación bancaria.
Qué debes comprobar
- Que quien financia sea una entidad sometida al régimen.
- Que exista un **flujo de financiación** en el sentido legal.
- Que la decisión implique no renovación, extinción o una reducción relevante.
- Que no concurra una excepción del artículo 1.
Dos derechos distintos
El preaviso y la Información Financiera-PYME están relacionados, pero no son lo mismo. Además, la información financiera puede solicitarse también en otros momentos.
Contenido divulgativo basado en la legislación consolidada del BOE. La consolidación es informativa; para fines jurídicos consulta la publicación oficial y la normativa vigente relacionada.
