Texto consolidado del BOE
1. Los obligacionistas podrán asistir personalmente o hacerse representar por medio de otro obligacionista. En ningún caso podrán hacerse representar por los administradores de la sociedad, aunque sean obligacionistas.
2. El comisario deberá asistir a la asamblea general de obligacionistas, aunque no la hubiera convocado.
Se añade por el art. 45.9 de la Ley 5/2015, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2015-4607.
Texto añadido, publicado el 28/04/2015, en vigor a partir del 29/04/2015.
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- 03/01/2025BOE-A-2010-10544
Fuente: legislación consolidada de la Agencia Estatal BOE. El texto consolidado tiene carácter informativo; para fines jurídicos debe consultarse la publicación oficial.
