El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) grava el ejercicio en territorio español de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se realicen o no en un local determinado.
Quién está sujeto
Personas físicas, jurídicas y entidades que desarrollan actividades económicas en territorio español, aunque existen amplias exenciones que hacen que muchos contribuyentes deban clasificarse censalmente pero no pagar cuota de IAE.
Qué grava este impuesto
El mero ejercicio de actividades económicas empresariales, profesionales o artísticas en territorio español, conforme a la clasificación de las Tarifas del IAE.
Exenciones y casos especiales
La normativa contempla diversas exenciones, entre ellas las aplicables a determinadas personas físicas y entidades que cumplen los requisitos legales. La exención de cuota no elimina necesariamente las obligaciones censales relacionadas con la actividad.
Tipos, tramos o cuotas
La cuota depende del epígrafe o grupo de actividad, elementos tributarios, tipo de cuota —municipal, provincial o nacional— y coeficientes o recargos que correspondan. No existe un porcentaje general único.
Cómo se calcula
La actividad se clasifica en el epígrafe correspondiente y la cuota se determina conforme a las Tarifas e Instrucción del IAE, teniendo en cuenta elementos tributarios, coeficientes y recargos aplicables.
Cómo y cuándo se declara
Las altas, variaciones y bajas pueden canalizarse mediante los procedimientos censales o específicos previstos. La AEAT mantiene servicios de consulta de actividades y gestión del IAE.
Modelos y formularios relacionados
Declaraciones censales y procedimientos específicos de alta, variación o baja del IAE, según el obligado.
Preguntas frecuentes
¿El IAE grava una actividad aunque no tenga local?
Sí. La AEAT indica que las actividades pueden ejercerse en local determinado o sin local.
¿Estar de alta implica siempre pagar cuota?
No. Existen exenciones, aunque pueden mantenerse obligaciones censales.
¿Qué importancia tiene el epígrafe?
El epígrafe identifica y clasifica la actividad económica a efectos del IAE y condiciona determinadas obligaciones.
Contenido informativo y general. La tributación puede variar según el ejercicio, territorio y circunstancias del contribuyente. Comprueba siempre la normativa y la fuente oficial aplicable a tu caso.
