El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) agrupa varias modalidades: Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO), Operaciones Societarias (OS) y Actos Jurídicos Documentados (AJD). Su gestión está ampliamente cedida a las comunidades autónomas.
Es especialmente relevante en transmisiones entre particulares, determinadas operaciones inmobiliarias y documentos notariales, aunque la tributación concreta depende de la modalidad, la operación y el territorio competente.
Quién está sujeto
El sujeto pasivo varía según la modalidad: adquirente en muchas transmisiones patrimoniales, determinadas personas o entidades en operaciones societarias y el sujeto determinado por la normativa en actos jurídicos documentados. La Administración competente se fija mediante puntos de conexión territoriales.
Qué grava este impuesto
Incluye transmisiones patrimoniales onerosas no sujetas a IVA en determinados supuestos, operaciones societarias y ciertos documentos notariales, mercantiles o administrativos incluidos en AJD.
Exenciones y casos especiales
Existen exenciones objetivas y subjetivas, beneficios fiscales y reglas de incompatibilidad con IVA. La aplicación concreta debe revisarse según la modalidad, el tipo de operación y la normativa autonómica.
Tipos, tramos o cuotas
No existe un único tipo nacional que permita resumir el impuesto. Las comunidades autónomas pueden aprobar tipos, reducciones y bonificaciones en numerosas operaciones. En inmuebles y AJD, el territorio competente resulta especialmente relevante.
Cómo se calcula
La cuota se determina a partir de la base imponible de la operación y del tipo o tarifa que corresponda según la modalidad y la normativa territorial aplicable, teniendo en cuenta beneficios fiscales y reglas especiales.
Cómo y cuándo se declara
La autoliquidación se realiza normalmente ante la Administración tributaria autonómica competente. El Modelo 600 es una referencia habitual para numerosas operaciones, aunque existen otros modelos y procedimientos según el bien y el territorio.
Modelos y formularios relacionados
600, 620 y otros modelos autonómicos o estatales según la operación.
Guías de modelos relacionados
Preguntas frecuentes
¿ITP y AJD tiene el mismo tipo en toda España?
No. La tributación puede variar de forma importante según la comunidad autónoma y la modalidad aplicable.
¿ITP e IVA se pagan siempre a la vez?
No. Existen reglas de delimitación e incompatibilidad entre IVA y Transmisiones Patrimoniales Onerosas según la operación.
¿Qué es el Modelo 600?
Es un modelo utilizado para autoliquidar numerosas operaciones de ITP y AJD, aunque la gestión y los formularios pueden depender del territorio.
Contenido informativo y general. La tributación puede variar según el ejercicio, territorio y circunstancias del contribuyente. Comprueba siempre la normativa y la fuente oficial aplicable a tu caso.
