Artículo 79 — Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial

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  1. 10/11/2022BOE-A-2022-15818
  2. 29/04/2015BOE-A-2015-4607
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Anterior: 29/04/2015Posterior: 10/11/2022

Eliminado o modificado

  • Información sobre la oferta de valores.
  • Las plataformas de financiación participativa deberán publicar la siguiente información sobre los proyectos de financiación participativa instrumentados a través de una oferta de suscripción de acciones, participaciones u otros valores representativos de capital y obligaciones: a) Descripción del tipo y la clase de los valores ofertados y, de existir, el código de identificación del valor. b) Una breve descripción de las características esenciales y los riesgos asociados con la inversión en los valores de que se trate. c) Indicación de si los valores están representados en forma de títulos o d
  • Se incluirá información sobre la amortización y remuneración de los valores o su forma de cálculo cuando no sea posible publicarla con anterioridad, pactos de recompra y limitaciones a la venta. e) En su caso, las garantías aportadas.

Añadido o modificado

  • Información sobre la oferta de valores. (Derogado) Téngase en cuenta que este artículo se deroga, con efectos de 10 de noviembre de 2022, por el art.
  • 14 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre.
  • Ref.
  • BOE-A-2022-15818#a1-6 Redacción anterior: "Las plataformas de financiación participativa deberán publicar la siguiente información sobre los proyectos de financiación participativa instrumentados a través de una oferta de suscripción de acciones, participaciones u otros valores representativos de capital y obligaciones: a) Descripción del tipo y la clase de los valores ofertados y, de existir, el código de identificación del valor. b) Una breve descripción de las características esenciales y los riesgos asociados con la inversión en los valores de que se trate. c) Indicación de si los valores
  • Se incluirá información sobre la amortización y remuneración de los valores o su forma de cálculo cuando no sea posible publicarla con anterioridad, pactos de recompra y limitaciones a la venta. e) En su caso, las garantías aportadas." Se deroga, con efectos de 10 de noviembre de 2022, por el art.
  • 14 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre.
  • Ref.
  • BOE-A-2022-15818#a1-6

Comparación auxiliar por fragmentos normalizados. Para interpretar el alcance jurídico del cambio debe revisarse el texto oficial completo.

Fuente: legislación consolidada de la Agencia Estatal BOE. El texto consolidado tiene carácter informativo; para fines jurídicos debe consultarse la publicación oficial.

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