Texto consolidado del BOE
Artículo 91. Comunicaciones a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
(Derogado)
Téngase en cuenta que este artículo se deroga, con efectos de 10 de noviembre de 2022, por el art. 14 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-15818#a1-6
Redacción anterior:
"Las plataformas de financiación participativa deberán remitir a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la información relativa a los cambios en su estructura accionarial o distribución de participaciones y, al cierre de su ejercicio, la siguiente documentación:
a) Las cuentas anuales auditadas, acompañadas del correspondiente informe de auditoría.
b) Una Memoria que contenga:
1.º Un resumen de las categorías de proyectos publicados a través de la página web, financiación alcanzada y proyectos que no han conseguido financiación y, en el caso de disponer de información al respecto, tasa de morosidad y número y porcentaje de incumplimientos y fallidos. También deberá incorporar información general sobre los proyectos que no han sido seleccionados para su publicación, así como las categorías de razones que han motivado este hecho.
2.º En su caso, la identidad de la entidad de crédito o empresa de servicios de pago contratados por la plataforma de financiación participativa para intermediar en los pagos realizados por los inversores y los promotores.
3.º En su caso, las acciones judiciales, quejas y reclamaciones presentadas por los clientes.
4.º En el caso de que gestionen un sistema propio de cobertura de pérdidas, su volumen y pérdidas a las que se haya hecho frente."
Se deroga, con efectos de 10 de noviembre de 2022, por el art. 14 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-15818#a1-6
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- 10/11/2022BOE-A-2022-15818
- 29/04/2015BOE-A-2015-4607
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Eliminado o modificado
- Comunicaciones a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
- Las plataformas de financiación participativa deberán remitir a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la información relativa a los cambios en su estructura accionarial o distribución de participaciones y, al cierre de su ejercicio, la siguiente documentación: a) Las cuentas anuales auditadas, acompañadas del correspondiente informe de auditoría. b) Una Memoria que contenga:
- 4.º En el caso de que gestionen un sistema propio de cobertura de pérdidas, su volumen y pérdidas a las que se haya hecho frente.
Añadido o modificado
- Comunicaciones a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. (Derogado) Téngase en cuenta que este artículo se deroga, con efectos de 10 de noviembre de 2022, por el art.
- 14 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre.
- Ref.
- BOE-A-2022-15818#a1-6 Redacción anterior: "Las plataformas de financiación participativa deberán remitir a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la información relativa a los cambios en su estructura accionarial o distribución de participaciones y, al cierre de su ejercicio, la siguiente documentación: a) Las cuentas anuales auditadas, acompañadas del correspondiente informe de auditoría. b) Una Memoria que contenga:
- 4.º En el caso de que gestionen un sistema propio de cobertura de pérdidas, su volumen y pérdidas a las que se haya hecho frente." Se deroga, con efectos de 10 de noviembre de 2022, por el art.
- 14 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre.
- Ref.
- BOE-A-2022-15818#a1-6
Comparación auxiliar por fragmentos normalizados. Para interpretar el alcance jurídico del cambio debe revisarse el texto oficial completo.
Fuente: legislación consolidada de la Agencia Estatal BOE. El texto consolidado tiene carácter informativo; para fines jurídicos debe consultarse la publicación oficial.
