Disposición adicional séptima: Obligaciones del empresario con ocasión de la transmisión del inmueble hipotecado

Disposición adicional séptimaLCCI

Si un empresario transmite un inmueble hipotecado y prevé que el comprador se subrogue en la deuda, debe comunicarlo al prestamista al menos treinta días antes de la firma prevista.

Por qué importa

Ese margen permite evaluar solvencia, entregar información y dar al comprador tiempo para buscar financiación alternativa.

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