Disposición final segunda: Modificación del Texto Refundido del ITP y AJD

Disposición final segundaLCCI

Modifica el régimen de beneficios fiscales y exenciones en la cuota variable de documentos notariales de AJD en los supuestos afectados por la determinación legal del sujeto pasivo.

Por qué importa

La fiscalidad de la escritura no debe deducirse solo de la LCCI; hay que acudir a la normativa tributaria vigente.

Contenido divulgativo elaborado a partir del texto consolidado facilitado. No sustituye asesoramiento jurídico ni la consulta de la publicación oficial.

Scroll al inicio