DEROGADA. Esta disposición ya no forma parte del régimen vigente, aunque se conserva para comprender el tránsito normativo y hechos históricos.
Por qué importa
No debe utilizarse como regla actual sin reconstruir la normativa vigente y la fecha del hecho analizado.
Texto consolidado del BOE
Disposición final primera. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
(Derogada).
Téngase en cuenta que esta disposición se deroga, con efectos de 1 de septiembre de 2020, por la disposición derogatoria única.2.q) del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2020-4859#dd
Redacción anterior:
"Disposición final primera. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Se modifica la disposición adicional segunda, apartado 2, letra d), de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, dándole la siguiente redacción:
«d) El artículo 16.4 y la disposición adicional cuarta, punto 7, de la Ley 5/2015 de fomento de la financiación empresarial.»"
Se deroga, con efectos de 1 de septiembre de 2020, por la disposición derogatoria única.2.q) del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2020-4859#dd
Contenido divulgativo basado en la legislación consolidada del BOE. La consolidación es informativa; para fines jurídicos consulta la publicación oficial y la normativa vigente relacionada.
