Préstamo denominado en una moneda distinta de la relevante para la residencia, activos o ingresos del prestatario según la definición legal.
En la práctica
Puede generar riesgo de cambio: la deuda medida en euros puede subir aunque no aumente en la moneda del préstamo.
Base en LCCI — Ley 5/2019: 4.27 y 20.
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