Interés exigible por retraso en el pago. En el supuesto regulado por el artículo 25 se fija en el interés remuneratorio más tres puntos y solo sobre principal vencido y pendiente.
En la práctica
No es una comisión libremente fijada por el banco.
Base en LCCI — Ley 5/2019: 25.
Contenido divulgativo elaborado a partir del texto consolidado facilitado. No sustituye asesoramiento jurídico ni la consulta de la publicación oficial.
