Disposición transitoria tercera: Transformación de establecimientos financieros de crédito en entidades de pago o de dinero electrónico híbridas.

Disposición transitoria terceraLey 5/2015 — Financiación empresarial

Regla transitoria que ordena el paso desde el régimen anterior al introducido por la Ley 5/2015 en la materia indicada.

Por qué importa

Es relevante sobre todo para expedientes, entidades u operaciones nacidos alrededor de la entrada en vigor de la reforma; antes de aplicarla conviene comprobar si el supuesto transitorio sigue produciendo efectos.

Contenido divulgativo basado en la legislación consolidada del BOE. La consolidación es informativa; para fines jurídicos consulta la publicación oficial y la normativa vigente relacionada.

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