Regla transitoria que ordena el paso desde el régimen anterior al introducido por la Ley 5/2015 en la materia indicada.
Por qué importa
Es relevante sobre todo para expedientes, entidades u operaciones nacidos alrededor de la entrada en vigor de la reforma; antes de aplicarla conviene comprobar si el supuesto transitorio sigue produciendo efectos.
Texto consolidado del BOE
Disposición transitoria cuarta. Procedimientos de autorización en curso de establecimientos financieros de crédito.
1. A efectos exclusivamente de lo previsto en el artículo 9 de esta Ley, los procedimientos administrativos de autorización de establecimientos financieros de crédito que a la fecha de entrada en vigor de esta Ley ya se hubieran iniciado, se regirán por las normas procedimentales vigentes con anterioridad a la citada entrada en vigor hasta su finalización.
2. A efectos exclusivamente de lo previsto en el apartado once del artículo 94 de esta Ley, los procedimientos administrativos de autorización de empresas de servicios de inversión y de autorización de modificación de sus Estatutos sociales, transformación, fusión, escisión y segregación de una rama de actividad, así como las demás operaciones de modificación social que se realicen por una empresa de servicios de inversión o que conduzcan a la creación de una empresa de servicios de inversión, y que ya se hubieran iniciado a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, se regirán por las normas procedimentales vigentes con anterioridad a la citada entrada en vigor hasta su finalización.
3. A efectos exclusivamente de lo previsto en el apartado veintiséis del artículo 94 de esta Ley, los procedimientos sancionadores a los que hace referencia dicho apartado que ya se hubieran iniciado a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, se regirán por las normas procedimentales vigentes con anterioridad a la citada entrada en vigor hasta su finalización.
Redactado el apartado 3 conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 279, de 21 de noviembre de 2015. Ref. BOE-A-2015-12565.
Contenido divulgativo basado en la legislación consolidada del BOE. La consolidación es informativa; para fines jurídicos consulta la publicación oficial y la normativa vigente relacionada.
