AyL · Conciliación

Calculadora y guía de excedencias

Comprueba los requisitos y efectos principales de las excedencias voluntaria, forzosa y por cuidados.

Tipo de excedencia

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Excedencia voluntaria, forzosa y por cuidados

La excedencia voluntaria exige, con carácter general, al menos un año de antigüedad y puede durar entre cuatro meses y cinco años. No reserva necesariamente el mismo puesto: mantiene un derecho preferente al reingreso en vacantes de igual o similar categoría.

Excedencia por cuidado de hijos o familiares

El cuidado de cada hijo permite una excedencia de hasta tres años. Para cuidado de cónyuge, pareja de hecho o determinados familiares que no puedan valerse por sí mismos, el límite general es de dos años salvo mejora colectiva. Estos periodos computan a efectos de antigüedad y disponen de reglas específicas de reserva.

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