Comprueba los requisitos y efectos principales de las excedencias voluntaria, forzosa y por cuidados. Las calculadoras no sustituyen una nómina, carta de despido, documento oficial de liquidación, asesoramiento laboral o cálculo de retenciones oficial. Convenio colectivo, grupo de cotización, jornada, conceptos excluidos, situaciones especiales, bonificaciones, convenio, calendario territorial, organización del tiempo y circunstancias fiscales, rendimientos RETA, regularizaciones y situaciones especiales de trabajo autónomo y el convenio colectivo realmente aplicable pueden modificar el resultado. Parámetros revisados: 19/08/2026.Calculadora y guía de excedencias
Tipo de excedencia
Excedencia voluntaria, forzosa y por cuidados
La excedencia voluntaria exige, con carácter general, al menos un año de antigüedad y puede durar entre cuatro meses y cinco años. No reserva necesariamente el mismo puesto: mantiene un derecho preferente al reingreso en vacantes de igual o similar categoría.
Excedencia por cuidado de hijos o familiares
El cuidado de cada hijo permite una excedencia de hasta tres años. Para cuidado de cónyuge, pareja de hecho o determinados familiares que no puedan valerse por sí mismos, el límite general es de dos años salvo mejora colectiva. Estos periodos computan a efectos de antigüedad y disponen de reglas específicas de reserva.
