Disposición transitoria quinta: Régimen transitorio para la resolución de quejas y reclamaciones

Disposición transitoria quintaLCCI

Atribuyó transitoriamente al servicio de reclamaciones del Banco de España la atención de determinadas quejas hasta la entrada en vigor del sistema previsto por la normativa de resolución alternativa de litigios.

Por qué importa

Explica qué organismo debía atender reclamaciones mientras se completaba el nuevo sistema.

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